NUEVOS “INCOTERMS 2011”

La Cámara de Comercio Internacional (CCI) se encarga de
actualizar periódicamente los Incoterms tratando de mejorarlos y adaptarlos a las prácticas comerciales empresariales, y a los modos y procesos de contratación a nivel internacional. En la actualidad, la CCI está culminando un último proceso de actualización iniciado en 2008 que cristalizará en la publicación de los INCOTERMS 2011.
La publicación de los mismos se espera para verano u otoño de
2010, entrando en vigor, si se cumplen los plazos previstos, el 1 de
Enero de 2011. En base a la información de algunas webs americanas
y de otros países presentamos algunas breves indicaciones de hacía
donde parece que se dirige esta próxima actualización de los
Incoterms.
En el proceso de elaboración de los Incoterms se han barajado
distintas denominaciones (3000, etc.), siendo finalmente la de “2011”
la que actualmente se tiene prevista anunciar. La CCI quiere evitar
tener que actualizar los Incoterms cada 10 años, como ha ocurrido en
las últimas 2 actualizaciones, en 1990 y 2000.
Algunas Novedades de los Incoterms 2011
1. Se establecen 2 categorías de Incoterms los “multimodales”
(EXW, FCA, CPT, CIP, DAP y DDP) y los “solo marítimos” (FAS,
FOB, CFR, CIF y DEQ) expresando con claridad que las ventas
con contenedores deberían de hacerse aplicando siempre
incoterms multimodales. De hecho en la redacción detallada de
cada Incoterm se tratarían primero los multimodales y a
continuación los sólo marítimos.
2. Se desaconseja expresamente el incoterm EXW para ventas
internacionales pues no incluye la carga del envío en los
vehículos que en la práctica suele efectuarse por la empresa
vendedora. Un FCA incluye la carga del vehículo y sería más
adecuado. Otra razón es que se pueden presentar problemas
para obtener el DUA de exportación, si la operación lo requiere,
pues el despacho de exportación lo hace el comprador.
3. Se potencia el uso de FCA, CPT o CIP para contenedores frente
a los habituales FOB, CFR o CIF. Las razones para el uso de
estos términos con contenedores son tanto de aminoración del
riesgo para el vendedor (entrega y transmite el riesgo cuando DEPARTAMENTO VIRTUAL DE COMERCIO Y MARKETING
NUEVOS “INCOTERM 2011”
entrega al primer transportista de la cadena) como de coste (se
adecuan mejor a las prácticas comerciales en puerto y se evitan
duplicidades de pago por el mismo concepto).
4. Desaparecen los incoterms DAF, DES y DDU, apareciendo un
nuevo incoterm DAP (Delivery at place) más adecuado para
aplicar a ventas en las que se quiere entregar contratando el
transporte principal y entregando en un lugar determinado.
5. Se ajustan algunas obligaciones de vendedor y comprador en cada incoterm con el objetivo de adecuarlas mejor a las
prácticas comerciales a nivel internacional.
En espera de la definitiva publicación de los nuevos INCOTERMS
2011, esperamos que este artículo os sea de utilidad.
Departamento Virtual Familia Profesional Comercio y
Marketing de la Región de Murcia